21 agosto 2026
Por el Área de Pueblos Originarios
Este avasallamiento no es un hecho aislado: se suma a una lista de desalojos, como consecuencia directa de lo que como trabajadoras y trabajadores estatales ya advertíamos en diciembre de 2024, cuando denunciamos que la derogación del marco de emergencia territorial (Decreto 1083/2024 y la interrupción de la Ley 26.160) dejaría en total desamparo a las comunidades indígenas, liberando el territorio a la especulación inmobiliaria y a la violencia institucional. Hoy la realidad nos da trágicamente la razón.
Violación de garantías, indefensión e incomunicación en el territorio
El desalojo en curso contra los Lof Kinxikew y Lof Melo —que reúnen a más de 130 personas, entre ellas 35 niñas y niños y 17 personas adultas mayores— constituye una flagrante violación de los derechos humanos y del debido proceso. Durante el último mes se les negó sistemáticamente el acceso al expediente judicial, forzándolas a llegar al operativo de desalojo sin conocer las condiciones ni el modo de su ejecución. A esto se suma que las fuerzas de seguridad implementaron la inhibición de la señal telefónica dentro del territorio, buscando aislar a la comunidad e invisibilizar el accionar represivo.
El Ejecutivo y el Poder Judicial avanzan ignorando que la Lof Kinxikew cuenta con personería jurídica registrada en el INAI (2006) y con el relevamiento técnico, jurídico y catastral aprobado mediante la Resolución INAI 332/2023, la cual reconoce legalmente su "ocupación actual, tradicional y pública". Sin embargo, al no garantizarse la titulación comunitaria que exige la Constitución Nacional, el Estado deja a los pueblos vulnerables ante demandas privadas y sentencias descontextualizadas. Expulsar a las comunidades de sus tierras no solo afecta su subsistencia, sino que destruye sus espacios sagrados y cementerios ancestrales, provocando un daño irreparable sobre la identidad cultural negando supreexistencia.
Coherencia política e histórica: Lo que anunciamos en 2024 hoy se cumple
En la causa "Broers María Cristina c/ Quintriqueo Pascual Felidoro", la Justicia demuestra la complicidad con grandes actores privados para despojar a los pueblos de sus tierras históricas asentadas desde antes del siglo XVII. En nuestro pronunciamiento de 2024 denunciamos taxativamente que la anulación del freno a los desalojos dispuesto por la Ley 26.160 traería estas consecuencias inmediatas:
Como trabajadoras y trabajadores del Estado nacional sabemos que la deuda histórica con los Pueblos Indígenas incluye el reconocimiento de la preexistencia y el acceso a Tierra y Territorio (artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional). Sostenemos que este se resolverá con la implementación de políticas públicas interculturales coordinadas, sistemáticas y con participación indígena (artículo 6 y 7 del Convenio N° 169 de la OIT- ley 24.071), así como con el cumplimiento efectivo de toda la normativa internacional a la que Argentina adhiere.
Exigimos el cese inmediato del operativo de desalojo contra las Lof Kinxikew y Lof Melo, el fin de la violencia institucional y el bloqueo de comunicaciones, y el estricto cumplimiento de la entrega de títulos de propiedad comunitaria.
¡El Estado debe garantizar la propiedad comunitaria indígena!
Área de Pueblos Originarios
ATE Capital