20 octubre 2025
La obra social de
todas las y los trabajadores estatales, Unión Personal (UP), llevó adelante
acciones ilegales y discriminatorias que vulneraban el derecho a la salud y la
libertad sindical. Enmarcado en una crisis generalizada de los sistemas de
salud, con la Resolución ministerial 1926/24, el Ministerio de Salud liberó los
topes de coseguros bajo el argumento de la “libre competencia.
En este marco, Unión
Personal aplicó cobros ilegales, incluso en prestaciones que deberían estar
exentas (cirugías, oncología, discapacidad). Además, los coseguros son
desproporcionados respecto a los salarios, de carácter confiscatorio, atentando
directamente contra los ingresos.
Fallo a favor de
las y los trabajadores
El Juzgado Nacional de 1era Instancia
del Trabajo N°69 ordenó cautelarmente a esa Obra
Social: “suspender de manera inmediata las modificaciones introducidas
respecto de la atención de los afiliados a la obra social demandada, sin ningún
tipo de discriminación, en cuanto a afiliados (o no afiliados) a UPCN y
mantener la bonificación del coseguro de salud a todos los afiliados de la Obra
Social tanto para ellos como para su grupo familiar, bajo apercibimiento de
aplicar astreintes por cada día de retardo en el cumplimiento”.
La
resolución mencionada fue dictada en el marco de una acción de amparo de
incidencia colectiva promovida nuestro sindicato en defensa de los derechos de
todos/as los/as trabajadores/as afiliados/as a la Obra Social UP, con
independencia de su afiliación sindical.
En caso de que UP
insista con el cobro de coseguros tienen que completar la nota que adjuntamos y
añadir la siguiente documentación: copia de dni (ambos lados), copia del carnet
de afiliación, copia de las facturas o comprobantes de pago del copago, copia
del recibo de haberes. La misma debe ser presentada a UP en la calle Tucumán
949 CABA.